Productos eléctricos según Resolución 92/98
GENERALIDADES:
En nuestro país esta vigente desde el 18 de agosto de 1998, la Resolución ex SICyM N° 92/98. Las misma es de cumplimiento obligatorio, y exige para todo "equipamiento eléctrico de baja tensión" que se comercializa dentro de nuestro territorio nacional, que cuente con un certificado del cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad, emitido por un Organismo de Certificación acreditado y reconocido para tal fín. Estas acreditaciones corresponden al OAA (Organismo Argentino de Acreditación) y el reconocmiento oficial corresponde a la DNCI (Dirección Nacional de Comercio Exterior). Los requisitos esenciales de seguridad aludidos, corresponden a aquellos comprendidos en las normas IRAM o normas IEC correspondiente al producto de que se trate.
¿QUE SE ENTIENDE POR "EQUIPAMIENTO ELECTRICO DE BAJA TENSION"?
Se entiende por "Equipamiento eléctrico de baja tensión" el artefacto, aparato o material eléctrico destinado a una instalación eléctrica o que formando parte de ella, tenga una tensión nominal de 100V CA eficaz o hasta 1500V CC.
Los productos sujetos al régimen de certificación obligatoria estan mencionados en la Resolución SCDDC N° 76/2002, que también contiene una lista de aquellos productos que, por su característica y funcionalidad, están exceptuados del régimen de certificación.
MODELOS DE CERTIFICACION:
La Resolución 92/98 contempla tres modelos de certificación, según el producto de que se trate:
1. Certificación de Tipo: Este modelo de certificación consiste en el ensayo de una muestra del producto con el fín de evaluar la conformidad con la norma que le sea aplicable, seguido de una vigilancia de mercado.
2. Certificación de Marca: Este modelo de certificación consiste en el ensayo de la muestra de un producto con el fin de evalura la conformidad del mismo con la norma que sea de aplicación, y la evaluación del sistema de calidad de la fábrica del producto, sea de origen nacional o importado. En este caso los productos certificados llevan tanto la marca oficial de seguridad como la marca del Organismo de Certificación interviniente.
La diferencia fundamental entre la certificación del tipo y la de marca, es que en esta última se agrega una inspección a la fabrica de origen, para evaluar el sistema de calidad
3. Certificación de Lote: este modelo de certificación consiste en el ensayo de una muestra extraída del lote a certificar, con el fin de evaluar la conformidad con la norma aplicable.
MARCADO E IDENTIFICACION DE LOS PRODUCTOS CERTIFICADOS
Los productos certificados deberán exhibir un símbolo de seguridad, como el mostrado en la imagen de arriba, a los fines de permitirle a los consumidores saber que se encuentran aprobados.
C&S Consultoría lo asesora en todos los pasos requeridos para la obtención del certificado correspondiente y la posterior liberación del producto en la aduana. Estos pasos incluyen:
- Presentación de la muestra. El fabricante o importadoro debe exhibirnos una muestra del producto que desea comercializar en la Argentina.
- Determinación del modelo de certificación. En base a la muestra presentada, determinamos si corresponde un modelo de certificación de tipo o de marca.
- Elección de la norma. En base a esta muestra analizamos la norma IRAM o IEC que le corresponde, y en base a la cual se realizarán los ensayos
- Aconcionamiento de muestra. Se acondiciona la muestra para que la misma resulte certificable. Este paso incluye: Etiquetado y Marcado reglamentario; Manuales de uso en español; Advertencias de seguridad; Acondicionamiento de fichas y cables al uso local.
- Gestión ante los Organismos de Certificación. Esto incluye: pedido de cotizaciones ante los diferentes Organismos; solicitud de toma de muestra por un auditor del Organismo de Certificación elegido para su envío a un Laboratorio acreditado.
- Gestión ante los Laboratorios de Ensayos. El Laboratorio acreditado realiza los ensayos a solicitud del Organismo de Certificación, y puede suceder que del resultado de estos ensayos surjan necesidades de readaptaciones técnicas del producto, las cuales son atendidas por nosotros.
- Inspección en fábrica. Si el modelo de certificación que corresponde al producto es de marca, el Organismo de Certificación realizará una inspección en la fábrica del producto. Si la fábrica es local, lo asesoramos para que pueda acondicionar su sistema de calidad y pasar esta inspección con éxito.
- Certificación. Habiendose pasado con éxito la etapa de ensayos de muestras e inspecciones en fábrica, el Organismo de Certificación emite el certificado correspondiente del producto. Con dicho certificado, C&S Consultoría gestiona ante la Dirección de Lealtad comercial el formulario "C" necesario para el despacho aduanero de su producto.
- Seguimiento o vigilancia del producto en el mercado. Ya autoriazado para comercializar el producto en suelo nacional, se realiza una vigilancia del producto por parte del Organismo de Certificacón, cuya periodicidad depende del modelo de certificación obtenido. El objeto de estos seguimientos es tomar muestras en forma periódica y realizar en los Laboratorios acreditados ensayos reducidos, a los fines de verificar que el producto mantienen las condiciones que propiciaron su aprobación. Esta periodicidad depende del modelo de certificación: si la certificación es de tipo, la primera toma de muestra será a los 3 meses de obtenida la certificación, y luego cada 6 meses; si la certificación es de marca, la primera toma de muestra será cada 6 meses, luego cada 12 meses, y la inspección a fábrica se repetirá en forma anual.